Los datos personales en la era de la transformación y de la sociedad digital son un activo intangible de valor exponencial por el uso masivo de lo digital, es por ello que desde el 17 de octubre de 2012 el Gobierno de Colombia expidió la Ley Estatutaria 1581 de 2012 por el derecho a la información y el Habeas Data, estas leyes vienen adelantándose por toda Latinoamérica o a nivel mundial (consulte aquí el mapa de la situación de cada país del mundo)
Los datos personales cuando se asocian a lo biométrico incluyen: huellas dactilares, geometría de la mano, análisis del iris, análisis de retina, rasgos faciales, patrón de voz, firma manuscrita, análisis gestual y análisis del ADN. Existen también datos sensibles asociados a la salud, opiniones políticas y-o religiosas, vida sexual, entre otros o datos semiprivados asociado a la trayectoria académico y-o profesional, por ejemplo.
A nivel de las empresas se recomienda: definir claramente cuales son los fines de la información personal que trata por su cuenta y asociado a sus grupos de interés, contar con un área interna o externa de protección de datos, tener procedimientos de atención, clasificar y proteger la información de las bases de datos identificando procedimientos y riesgos, incluir clausulas de confidencialidad en los contratos y tener procedimiento y responsables frente a incidencias.
Para proteger los datos personales se recomienda: controlar acceso a buzones de correo electrónico, usar contraseñas difíciles de descubrir, evitar llenar formularios en computadores en espacios públicos, evitar compartir datos por dispositivos digitales, protegerse frente al robo de identidad (manipular correos fraudulentos o sospechosos), u otras valiosas recomendaciones para teléfonos móviles que puede consultar aquí.
Estamos apenas comenzando a incrementar nuestra capacidad de gobernar los datos.